Enrique Martínez

Perito Informático
Ámbito Nacional

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Pericial informática con tutorización tecnológica. Parte 3

Norma Española UNE 197001

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El creciente número de actuaciones periciales ha hecho necesario establecer una norma para asegurar que son adecuadas al uso que se destinan. A continuación os voy a comentar por encima los requisitos formales que deben tener los informes y dictámenes periciales. Tampoco es cuestión de aburriros proporcionándoos todos los detalles, aunque si alguien está interesado en ellos estaré encantado de proporcionárselos al terminar mi intervención; después de todo es algo que considero que os interesa conocer por motivos profesionales, para poder reconocer la calidad de los servicios que solicitáis a un perito.

La estructura general que ha de tener todo buen informe pericial es la siguiente:

Identificación: El informe pericial debe iniciarse con un título y un código de identificación, nombre u organismo al que se dirige, datos del perito y del solicitante, emplazamiento, fecha de emisión y nombre y apellidos del letrado y procurador del solicitante cuando proceda.

Juramento: El perito manifiesta que actuará con veracidad y la mayor objetividad posible, que tomará en consideración todo aquello que sea susceptible de favorecer o causar perjuicio a cualquiera de las partes y que conoce las sanciones penales en que puede incurrir en el caso de incumplir su deber como perito.

Cuerpo del informe pericial: Es la sección más importante del documento en la que se presentan y justifican las conclusiones. Ha de constar de:

  • Objeto: Finalidad del informe.
  • Alcance: Cuestiones planteadas por el solicitante.
  • Antecedentes: Sucesos acontecidos con anterioridad al inicio del informe.
  • Consideraciones preliminares: Aspectos necesarios para la comprensión de la investigación y la metodología empleada.

Documentos de referencia: Debe recoger el conjunto de disposiciones normativas, normas de no obligado cumplimiento, la buena práctica profesional y la bibliografía que se ha tenido en cuenta a la hora de elaborar el informe pericial.

Terminología y abreviaturas: Apartado fundamental para facilitar la comprensión del documento tanto por parte de todos aquellos no versados en las materias que se tratan.

Análisis: Se deben describir las bases y datos de partida establecidos por el solicitante y los que se deriven de:

  • Legislación, reglamentación y normativa aplicables.
  • Investigación realizada encaminada a la definición de las conclusiones.
  • Referencias, documentos, muestras y procedimientos de toma y conservación de las mismas que puedan fundamentar las conclusiones del informe.
  • También se ha de indicar los distintos razonamientos estudiados, qué caminos se han seguido para llegar a ellos, las ventajas e inconvenientes de cada uno y cuál es la justificación de las conclusiones.

Conclusiones: Interpretación técnica y experta resumida que se emite sobre los extremos que constan en la sección alcance del cuerpo.

Y por último no olvidemos una característica fundamental que debe acompañar a toda esta estructura. El informe debe ser comprensible por todos los interesados, especialmente en lo que se refiere a sus objetivos. ¿De qué sirve un informe si no es capaz de informarnos de nada?

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Esta es la correcta estructura que os deben presentar al presentaros un informe. De no ser así… yo desconfiaría de la calidad de la investigación. Tenéis que saberos en buenas manos. ¿Pero cómo saber en qué manos estamos? ¿Qué es necesario para poder ejercer de perito informático en España?

8 years, 9 months ago Comentarios desactivados

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